Existen dos formas de administrar, para los patronos morosos, las deudas con FODESAF:
Pagar el monto total de la deuda.
Establecer un arreglo de pago.
Un arreglo de pago es aquella opción que la Ley de FODESAF pone a disposición de los patronos, en la cual se puede depositar el 40% de la deuda total, y establecer pagos en tractos por el 60% restante.
Un arreglo de pago tiene las siguientes características:
Posee un plazo definido negociable.
Posee un interés de 18% anual.
Se establece por el 60% de la deuda total.
Se firma un documento formal.
El trámite es presencial.
Se cargan intereses moratorios y multas en caso de atraso en los pagos.