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Personería
Jurídica de FODESAF
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La cédula jurídica de FODESAF es 3-007-092879
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Acceso
a montos y saldos de deuda
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Para conocer el monto de la deuda con FODESAF, debe
realizar lo siguiente:
1. Ingresar
a la página web de FODESAF (www.fodesaf.go.cr) y
seleccionar el ícono flotante que se muestra en la página de inicio
denominado “Asistente Virtual”, posteriormente seleccionar la opción “Monto
de Deuda”. Se debe digitar el número de cédula jurídica de la empresa,
número de cédula de identidad o número de asegurado que otorga la CCSS para
el caso de los extranjeros.
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Origen
de deudas con FODESAF
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Una deuda se origina con FODESAF cuando los patronos
cancelan atrasadas las planillas a la Caja Costarricense de Seguro Social
(CCSS), razón por la cual dicha institución, después de 90 días de atraso,
transfiere a FODESAF los datos de la deuda correspondiente al 5% de todos
los sueldos y salarios reportados a la CCSS. Esta situación genera una
deuda entre el patrono y FODESAF, solamente por dicho rubro.
Además, las deudas con FODESAF se originan por la
aparición de planillas adicionales, mismas que surgen a raíz de denuncias o
ajustes en las planillas ordinarias de la CCSS.
Por Dictamen C155-2005 del 28 de abril del 2005,
emitido por la Procuraduría General de la República e informe No.
DFOE-SOC-IF-01-2013 del 31 de enero del 2013 por parte de la Contraloría
General de la República, el cobro de la morosidad, producto del no pago del
5% correspondiente a FODESAF de los patronos que cotizan para la Caja
Costarricense del Seguro Social (C.C.S.S.), serán unificadas y cobradas por
una única entidad, siendo ésta la (C.C.S.S.).
Cabe indicar, que ésta directriz aplica única y
exclusivamente a las planillas reportadas pendientes a partir de marzo del
2015, en adelante. Aquellas de febrero del 2015 hacia atrás, seguirán
cobrándose por FODESAF hasta la cancelación de todos los casos en
mora. Al existir los dictámenes
citados, se debió dar una integralidad en los sistemas informáticos de
ambas entidades (FODESAF y C.C.S.S.), compartiendo la información de la
morosidad patronal.
La potestad certificadora la sigue manteniendo FODESAF.
Sin embargo, no se puede emitir certificación si la persona física o
jurídica mantiene una deuda con el rubro de ASFA (Asignaciones Familiares)
en la CCSS.
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Pagos
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1. Usted
puede realizar su pago en línea ingresando a la página web de la
institución www.fodesaf.go.cr y dirigirse al ícono flotante denominado
“Asistente Virtual” que se muestra en el menú inicial y seleccionar la
opción de “Pago en línea”. Link: https://www.fodesaf.go.cr/pagoEnlinea
2. También
puede realizar su pago mediante el servicio de conectividad a con el Banco
de Costa Rica (BCR). El pago puede realizarse por medio del servicio de
conectividad en ventanilla (indicando al cajero el número patronal
completo, el cual consta de 18 dígitos) o desde su cuenta del BCR
seleccionando: 1-Pago de Servicios 2-Cuotas y Planes 3-Cobro FODESAF 4-Pago
a realizar (debe colocar el número patronal completo, el cual consta de 18
dígitos). Con lo anterior, el pago se aplicará automáticamente a su deuda.
3. Por
medio de depósito bancario a las siguientes cuentas del Banco Nacional.
Cuenta
IBAN: CR94015100010010777734 (DESAF-INGRESOS) Cédula jurídica:3007092879
Por
medio de depósito bancario a las siguientes cuentas del Banco de Costa
Rica.
Cuenta
IBAN: CR36015201001029593489 (Dirección General de Asignaciones Familiares)
Cédula jurídica:3007092879
Nota: Indicar
en el detalle el número de cédula que mantiene la deuda.
4. Por medio de sinpe
móvil a nombre de la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones
Familiares número 8674 3700.
Nota: Indicar en el detalle el número
de cédula que mantiene la deuda.
¿Una vez que pago mi
deuda, me pueden enviar una certificación de patrono al día?
Si el pago total de la
deuda se realiza por medio de pago en línea o conectividad bancaria, puede
ingresar al siguiente link:
https://fodesaf.go.cr/gestion_de_cobros/Certificado_digital_en_linea.html
Si el pago no se realiza
por medio de conectividad bancaria y requiere de inmediato su certificación
debe enviar el comprante de pago total de la deuda a la siguiente dirección
de correo electrónico [email protected] para
la aplicación y posteriormente gestionar la certificación en el siguiente
link:
https://fodesaf.go.cr/gestion_de_cobros/Certificado_digital_en_linea.html
¿Puedo realizar
transferencias SINPE a las cuentas bancarias del FODESAF?
Usted puede realizar
pagos por medio de transferencias SINPE a las cuentas del FODESAF, para lo
cual necesitará la cédula jurídica de la institución (3-007-092879). Es
importante anotar que, para cualquier gestión, el dinero transferido deberá
estar debidamente acreditado en las cuentas bancarias del FODESAF.
El número para pago con sinpe móvil es el 8674 3700.
¿Aceptan pagos
directamente en las oficinas de FODESAF?
No se aceptan pagos ni en
efectivo ni por medio de tarjetas de débito ni crédito; solamente se
aceptan comprobantes de depósitos realizados previamente, ya sea por medio
de: pago en línea, transferencia o depósito bancario y sinpe
móvil al número 8674 3700
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Pagos
Electrónicos
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¿Qué es Placetopay?
Placetopay es la plataforma
de pagos electrónicos que usa FODESAF para procesar en línea las
transacciones generadas en la tienda virtual con las formas de pago
habilitadas para tal fin.
¿Cómo puedo pagar?
En la tienda
virtual de FODESAF usted podrá realizar su pago con los medios habilitados
para tal fin. Usted, de acuerdo a las opciones de pago escogidas por el
comercio, podrá pagar a través de tarjetas de crédito Visa y
MasterCard.
¿Es seguro ingresar mis datos bancarios en
este sitio web?
Para proteger tus
datos la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones
Familiares (DESAF) delega en Placetopay la captura de la
información sensible. Nuestra plataforma de pagos cumple con los más altos
estándares exigidos por la norma internacional PCI DSS de seguridad en
transacciones con tarjeta de crédito. Además, tiene certificado de
seguridad SSL expedido por GeoTrust una compañía
Verisign, el cual garantiza comunicaciones seguras mediante la encriptación
de todos los datos hacia y desde el sitio; de esta manera te podrás sentir
seguro a la hora de ingresar la información de su tarjeta.
Durante el proceso
de pago, en el navegador se muestra el nombre de la organización
autenticada, la autoridad que lo certifica y la barra de dirección cambia a
color verde. Estas características son visibles de inmediato y dan garantía
y confianza para completar la transacción en Placetopay.
Placetopay también cuenta
con el monitoreo constante de McAfee Secure y la
firma de mensajes electrónicos con Certicámara.
¿Puedo realizar el pago cualquier día y a
cualquier hora?
Sí, en FODESAF
podrás realizar tus compras en línea los 7 días de la semana, las 24 horas
del día a sólo un clic de distancia.
¿Puedo cambiar la forma de pago?
Si aún no has
finalizado tu pago, podrás volver al paso inicial y elegir la forma de pago
que prefieras. Una vez finalizada la compra no es posible cambiar la forma
de pago.
El pago realizado
en favor de la Desaf no podrá ser reintegrado total ni parcialmente
mientras exista un saldo de deuda a amortizar, lo anterior en cumplimiento
a lo establecido en el artículo 46 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios Ley Nº 4755.
En caso de
efectuarse por error por parte del usuario un pago en favor del Fodesaf sin
existir saldos pendientes o depositar una suma superior al saldo existente,
se deberá presentar la solicitud de devolución por escrito y firmada en
original ante la Desaf, dirigida al jefe del Departamento de Gestión de
Cobros y adjuntar número de cuenta IBAN extendida por el Banco respectivo.
La Desaf por Ley tendrá 1(un) mes de plazo para resolver la solicitud.
¿Pagar electrónicamente tiene algún valor
para mí como comprador?
No, los pagos
electrónicos realizados a través de Placetopay no generan costos
adicionales para el comprador.
¿Qué debo hacer si mi transacción no
concluyó?
En primera
instancia, revisar si llegó un email de confirmación de la transacción a la
cuenta de correo electrónico inscrita en el momento de realizar el pago, en
caso de no haberlo recibido, deberás contactarse con Stephanie González
Barrantes al correo [email protected] para confirmar el estado
de la transacción.
¿Qué debo hacer si no recibí
el comprobante de pago?
Por cada
transacción aprobada a través de Placetopay, recibirás un
comprobante del pago con la referencia de compra en la dirección de correo
electrónico que indicaste al momento de pagar.
Si no lo recibes,
podrás contactarte con Stephanie González Barrantes o a la línea 2547 3616
al correo electrónico [email protected] para solicitar el
reenvío del comprobante a la misma dirección de correo electrónico
registrada al momento de pagar.
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Arreglos
de Pago
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El FODESAF como opción alternativa para
regularizar la deuda, permite al patrono llevar a cabo arreglos de pago,
para lo cual deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Pago inicial del 40% del total de la deuda (pago
previo, para lo cual deberá entregar original del comprobante a la hora de
la formalización). Para las opciones de pago puede referirse a la sección
de Pagos.
Original de Personería jurídica de la empresa (no
más de 30 días de expedida, si es la que emite el Registro Nacional, si es
la electrónica emitida en el Banco de Costa Rica o Correos de Costa Rica
debe de tener menos de 15 días de expendida).
Si autoriza a otra persona a realizar el arreglo
de pago, favor presentar un poder especial autenticado por un abogado. Se
debe presentar copia de la cédula de identidad del representante legal y de
la persona que autoriza.
De acuerdo a Directriz N°52-MP dictada por
el Presidente de la República y la
Ministra de la Presidencia a las quince horas con cuarenta y cuatro minutos
del día trece de julio del dos mil dieciséis, se indica no solicitar copia
de cédula ni cédula jurídica a los individuos o empresas que realicen
gestiones en la administración pública.
Se aclara que, para la formalización de
los arreglos de pago, aplicará lo anterior si la persona que se presenta a
formalizar el convenio es la que legalmente se encuentre facultada para
tales efectos, para la cual se confrontarán los documentos. Caso contrario,
si es un autorizado quien va a formalizar el arreglo de pago deberá aportar
los documentos antes citados.
Nota: Deberá apersonarse físicamente a nuestras
oficinas con todos los documentos (Dirección: Oficinas de Fodesaf, del Auto
Mercado en San José centro, 400 metros al norte, contiguo a Equipos Nieto.
Barrio Amón. (Entre avenidas 9 y 11, calle 3). Usa Waze
para conducir a Fodesaf: https://waze.com/ul/hd1u0wc2bp
Horario: de lunes a viernes (para recepción de
documentos únicamente) a partir de las 6:30 am a 4:00 pm, para el resto de
gestiones de 8:00 am a 4:00 pm.
Una vez que se establece el arreglo de pago, el
patrono deberá realizar los pagos mensuales por medios de pago ofrecidos.
Debe indicar siempre en el detalle el número de cédula que mantiene el
arreglo.
Lista de
Tasas de interés
El Decreto Legislativo N°
10108, Reforma el artículo 11 de la Ley 5662, establece el interés de las
deudas Fodesaf conforme a la Tasa básica pasiva + 5 puntos porcentuales
(aplicándose a partir de la reforma de este artículo).

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Certificaciones
de patrono al día
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Puede obtener certificación de patrono al día
ingresando al siguiente link:
https://fodesaf.go.cr/gestion_de_cobros/Certificado_digital_en_linea.html
Si posee deuda con FODESAF, no se puede emitir este
tipo de certificación; lo que se emitiría en estos casos es un estado de
cuenta actualizado de la deuda.
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Estados
de deuda
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Para obtener el estado actualizado de su deuda realice
lo siguiente:
Ingresar a la página web
de FODESAF (www.fodesaf.go.cr) y
seleccionar el ícono flotante que se muestra en la página de inicio
denominado “Asistente Virtual”, posteriormente seleccionar la opción
“Estado de Deuda”. Se debe digitar el número de cédula jurídica de la
empresa, número de cédula de identidad o número de asegurado que otorga la
CCSS para el caso de los extranjeros.
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Prescripciones
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El patrono puede
solicitar prescripciones por períodos pasados pendientes de pago, para lo
cual deberá presentar los siguientes requisitos:
1- Para personas
físicas:
a.
Solicitud
por escrito, firmada por la persona legalmente facultada para tales efectos
y dirigida a la Lic. Graciela Rodríguez Herrera Jefe
a.i. del Departamento de Gestión de Cobro, se
debe indicar claramente un medio de notificación (correo electrónico).
b.
Copia
de la cédula de identidad del patrono.
2- Para personas
jurídicas:
c.
Solicitud
por escrito, firmada por la persona legalmente facultada para tales efectos
y dirigida a la Lic. Graciela Rodríguez Herrera Jefe
a.i. del Departamento de Gestión de Cobro, se
debe indicar claramente un medio de notificación (correo electrónico).
d.
Original de
Personería jurídica de la empresa (no más de 30 días de expedida, si es la
que emite el Registro Nacional, si es la electrónica emitida en el Banco de
Costa Rica o Correos de Costa Rica debe de tener menos de 15 días de
expendida).
e.
Copia de la cédula
del representante legal de la empresa.
De acuerdo a
Directriz N°52-MP dictada por el Presidente de la
República y la Ministra de la Presidencia a las quince horas con cuarenta y
cuatro minutos del día trece de julio del dos mil dieciséis, se indica no
solicitar copia de cédula ni cédula jurídica a los individuos o empresas
que realicen gestiones en la administración pública.
Se aclara que en
este trámite aplicará lo anterior si la persona que entrega los documentos
es la que legalmente se encuentre facultada, para lo cual la administración
realizará las verificaciones pertinentes. Caso contrario, si no es la
persona legamente facultada, deberá aportar los documentos antes citados
Los requisitos pueden ser entregados en original en nuestras
oficinas Dirección: Oficinas de Fodesaf, del Auto Mercado en San José
centro, 400 metros al norte, contiguo a Equipos Nieto. Barrio Amón. (Entre
avenidas 9 y 11, calle 3). Usa Waze para conducir
a Fodesaf: https://waze.com/ul/hd1u0wc2bp o enviadas con las firmas
digitales correspondientes al correo electrónico: [email protected]
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Exoneraciones
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Los patronos de acuerdo con su naturaleza
jurídica, pueden solicitar exoneraciones del pago correspondiente al 5% de
planillas del FODESAF, de conformidad con el artículo 15 de la Ley 5662 y
su reforma la Ley 8783. Para poder solicitar la exoneración, se debe
estar al día con la C.C.S.S. y Hacienda, si cumple con lo anterior,
deberán presentar los siguientes requisitos:
1- Para Municipalidades:
a. Solicitud
dirigida a la Lic. Graciela Rodríguez Herrera Jefe
a.i. del Departamento de Gestión de Cobro. Debe
indicar medios de notificación (correo electrónico).
b. Documento
formal emitido por el ente competente, para corroborar la representación
legal del solicitante a nombre de su representada.
c.
Copia de la cédula
de identidad.
2- Para Organizaciones de Bien Social:
a.
Solicitud dirigida a la Licda. Ana Graciela Rodríguez
Herrera, Jefe a.i. del Departamento
de Gestión de Cobro, firmada por el presidente (a).
b.
Copia de la cédula del presidente.
c.
Certificación del Ministerio de Salud en donde se le
otorga a la Institución carácter médico social
d.
Certificación que respalde la naturaleza del ente solicitante.
De acuerdo a Directriz N°52-MP dictada por el Presidente de la República y la Ministra de la
Presidencia a las quince horas con cuarenta y cuatro minutos del día trece
de julio del dos mil dieciséis, se indica no solicitar copia de cédula ni
cédula jurídica a los individuos o empresas que realicen gestiones en la
administración pública.
Se aclara que en este trámite aplicará lo anterior si
la persona que entrega los documentos es la que legalmente se encuentre
facultada, para lo cual la administración realizará las verificaciones
pertinentes. Caso contrario, si no es la persona legamente facultada,
deberá aportar los documentos antes citados.
Los requisitos pueden ser entregados en original
en nuestras oficinas Dirección: Oficinas de Fodesaf, del Auto Mercado en
San José centro, 400 metros al norte, contiguo a Equipos Nieto. Barrio
Amón. (Entre avenidas 9 y 11, calle 3). Usa Waze
para conducir a Fodesaf: https://waze.com/ul/hd1u0wc2bp
o enviadas con las firmas digitales correspondientes al correo
electrónico: [email protected]
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Devoluciones
de Cuota
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a.
Solicitud dirigida a
la Graciela Rodríguez Herrera Jefe a.i. del Departamento de Gestión de Cobro, la cual debe
contener: firma de la persona legalmente facultada, detalle del monto
exacto de dinero por devolver, nombre de la empresa o persona, número de
cédula jurídica o cédula de identidad, medios de notificación (correo
electrónico).
b.
Para solicitar este
tipo de estudios, la fuente primaria, en los casos en que aplique, son los
estudios de Inspección que realiza la Caja Costarricense de Seguro Social
(C.C.S.S.) al patrono. El patrono, para solicitar la devolución de cuotas,
en los casos en que aplique, debe proveer el estudio realizado por la
C.C.S.S., mismo que deberá ser la versión original, debe estar sellado y
debe incluir la firma del inspector de la C.C.S.S., o en su defecto aportar
algún documento que justifique la realización del estudio.
c.
Número de cuenta
IBAN (17 dígitos) del banco donde desee que se le realice el depósito.
d.
Copia de la cédula
del representante legal de la empresa o cédula de identidad.
e.
Personería jurídica
de la empresa (no más de 30 días de expedida, si es la que emite el
Registro Nacional, si es la electrónica emitida en el Banco de Costa Rica o
Correos de Costa Rica debe de tener menos de 15 días de expendida).
Una vez que se concluye el estudio, se emite una
resolución, misma que sustenta el informe técnico respectivo. Al finalizar
el proceso, se notifica al patrono sobre la resolución final.
De acuerdo a Directriz N°52-MP dictada por
el Presidente de la República y la
Ministra de la Presidencia a las quince horas con cuarenta y cuatro minutos
del día trece de julio del dos mil dieciséis, se indica no solicitar copia
de cédula ni cédula jurídica a los individuos o empresas que realicen
gestiones en la administración pública.
Se aclara que en este trámite aplicará lo
anterior si la persona que entrega los documentos es la que legalmente se
encuentre facultada, para lo cual la administración realizará las
verificaciones pertinentes. Caso contrario, si no es la persona legamente
facultada, deberá aportar los documentos antes citados.
Los requisitos pueden ser entregados en original
en nuestras oficinas Dirección: Oficinas de Fodesaf, del Auto Mercado en
San José centro, 400 metros al norte, contiguo a Equipos Nieto. Barrio
Amón. (Entre avenidas 9 y 11, calle 3). Usa Waze
para conducir a Fodesaf: https://waze.com/ul/hd1u0wc2bp
o enviadas con las firmas digitales correspondientes al correo
electrónico: [email protected]
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Anulaciones
de planillas
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En casos puntuales y particulares, por diversas
razones, para patronos que han cancelado las planillas y obligaciones con
la C.C.S.S. de forma oportuna y, por consiguiente, el rubro que corresponde
a Asignaciones Familiares (ASFA), erróneamente fueron incluidos como
patronos morosos con FODESAF. Es necesario realizar una valoración para
anular las planillas que se están cobrando al patrono, y que éste ya
canceló en su momento
Para llevar a cabo la anulación de planillas, el
patrono deberá aportar:
Solicitud dirigida al
Lic. Graciela Rodríguez Herrera Jefe a.i. del Departamento de Gestión de Cobro, la cual debe
contener: firma de la persona facultada legalmente con la solicitud expresa
y los medios de notificación (correo electrónico).
Documentos
correspondientes que aplique para cada caso, en original, sellados,
firmados y emitidos por la C.C.S.S. De esta manera, el Departamento de
Gestión de Cobro verificará los documentos aportados contra la base de
datos interna de FODESAF, y analizará si procede o no la
anulación de los períodos que correspondan, elemento que reducirá la deuda
del patrono con FODESAF. Si los documentos aportados no son pruebas
suficientes para la anulación, el Departamento de Gestión de Cobro procederá
a contactar al patrono para solicitar algún elemento adicional para emitir
un criterio final.
Si las planillas
aportadas por el patrono, presentan una condición de CANCELACIÓN PARCIAL, o
bien presentan saldos de deudas pendientes, las mismas no podrán ser
anuladas.
Los requisitos pueden ser
entregados en original en nuestras oficinas Dirección: Oficinas de Fodesaf,
del Auto Mercado en San José centro, 400 metros al norte, contiguo a
Equipos Nieto. Barrio Amón. (Entre avenidas 9 y 11, calle 3). Usa Waze para conducir a Fodesaf: https://waze.com/ul/hd1u0wc2bp o
enviadas con las firmas digitales correspondientes al correo
electrónico: [email protected]
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Cambio
de Nombre o Actualización de datos personales
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Puede cambiar el nombre o actualizar los datos
personales en FODESAF, para lo cual deberá presentar los siguientes
requisitos:
a.
Solicitud dirigida
al Lic. Graciela Rodríguez Herrera Jefe a.i. del Departamento de Gestión de Cobro, la cual debe
contener: firma de la persona facultada legalmente con la solicitud expresa
y los medios de notificación (correo electrónico).
b.
Original de Personería jurídica de la empresa (no más
de 30 días de expedida, si es la que emite el Registro Nacional, si es la
electrónica emitida en el Banco de Costa Rica o Correos de Costa Rica debe
de tener menos de 15 días de expendida).
c.
Copia de la cédula de identidad.
De acuerdo a Directriz N°52-MP dictada por el Presidente de la República y la Ministra de la
Presidencia a las quince horas con cuarenta y cuatro minutos del día trece
de julio del dos mil dieciséis, se indica no solicitar copia de cédula ni
cédula jurídica a los individuos o empresas que realicen gestiones en la
administración pública.
Se aclara que en este trámite aplicará lo anterior si
la persona que entrega los documentos es la que legalmente se encuentre
facultada, para lo cual la administración realizará las verificaciones
pertinentes. Caso contrario, si no es la persona legamente facultada,
deberá aportar los documentos antes citados.
Los requisitos pueden ser
entregados en original en nuestras oficinas Dirección: Oficinas de Fodesaf,
del Auto Mercado en San José centro, 400 metros al norte, contiguo a
Equipos Nieto. Barrio Amón. (Entre avenidas 9 y 11, calle 3). Usa Waze para conducir a Fodesaf: https://waze.com/ul/hd1u0wc2bp o
enviadas con las firmas digitales correspondientes al correo
electrónico: [email protected]
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Traslado
de deuda vía subrogación
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Puede realizar un
traslado de deuda vía subrogación, para lo cual deberá presentar los
siguientes requisitos:
1. Para personas físicas:
a. Solicitud por escrito firmada por el patrono y
dirigida a la Licda. Graciela Rodríguez Herrera, Jefe
del Departamento de Gestión de Cobro, donde se indique claramente al menos
un medio de notificación (correo electrónico).
b. Fotocopia de la cédula de identidad del patrono (*).
2. Para personas jurídicas:
a.
Solicitud por escrito firmada por el representante
legal de la empresa y dirigida a la Licda. Graciela Rodríguez Herrera, Jefe del Departamento de Gestión de Cobro, donde se
indique claramente al menos un medio de notificación (correo electrónico).
b.
Fotocopia de la cédula de identidad del Representante
Legal de la empresa (*).
c.
Personería jurídica original y vigente.
Todos los
documentos deben ser presentados en nuestras oficinas.
Dirección: Oficinas de Fodesaf,
del Auto Mercado en San José centro, 400 metros al norte, contiguo a
Equipos Nieto. Barrio Amón. (Entre avenidas 9 y 11, calle 3). Horario de
lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm. Usa Waze
para conducir a Fodesaf: https://waze.com/ul/hd1u0wc2bp
Durante el lapso de tiempo que dura el trámite, las
deudas aumentan hasta que el Departamento de Gestión de Cobros de Desaf realiza la respectiva resolución del caso.
En caso de contar con certificado de firma digital
puede realizar la solicitud y remitir los requisitos vía correo electrónico
a la dirección [email protected], de esta forma no necesitará
presentarse personalmente en nuestras oficinas.
De acuerdo a Directriz N°52-MP dictada por el Presidente de la República y la Ministra de la
Presidencia a las quince horas con cuarenta y cuatro minutos del día trece
de julio del dos mil dieciséis, se indica no solicitar copia de cédula ni
cédula jurídica a los individuos o empresas que realicen gestiones en la
administración pública.
Se aclara que en este trámite aplicará lo anterior si
la persona que entrega los documentos es la que legalmente se encuentre
facultada, para lo cual la administración realizará las verificaciones
pertinentes. Caso contrario, si no es la persona legalmente facultada,
deberá aportar los documentos antes citados.
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Solicitar
expediente administrativo
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Puede solicitar
una copia del expediente administrativo, para lo cual deberá presentar los
siguientes requisitos:
1. Para personas físicas:
a.
Solicitud por escrito firmada por el patrono y dirigida
a la Licda. Graciela Rodríguez Herrera, Jefe del
Departamento de Gestión de Cobro, donde se indique claramente al menos un
medio de notificación (correo electrónico).
b.
Fotocopia de la cédula de identidad del patrono (*).
2. Para personas jurídicas:
a. Solicitud por
escrito firmada por el representante legal de la empresa y dirigida a la
Licda. Graciela Rodríguez Herrera, Jefe del
Departamento de Gestión de Cobro, donde se indique claramente al menos un
medio de notificación (correo electrónico).
b. Fotocopia de la
cédula de identidad del Representante Legal de la empresa (*).
c.
Personería jurídica original y vigente.
Todos los documentos deben ser presentados en nuestras
oficinas.
Dirección: Oficinas de Fodesaf,
del Auto Mercado en San José centro, 400 metros al norte, contiguo a
Equipos Nieto. Barrio Amón. (Entre avenidas 9 y 11, calle 3). Horario de
lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm. Usa Waze
para conducir a Fodesaf: https://waze.com/ul/hd1u0wc2bp
En caso de contar con certificado de firma digital
puede realizar la solicitud y remitir los requisitos vía correo electrónico
a la dirección [email protected], de esta forma no necesitará
presentarse personalmente en nuestras oficinas.
De acuerdo a Directriz N°52-MP dictada por el Presidente de la República y la Ministra de la
Presidencia a las quince horas con cuarenta y cuatro minutos del día trece
de julio del dos mil dieciséis, se indica no solicitar copia de cédula ni
cédula jurídica a los individuos o empresas que realicen gestiones en la administración
pública.
Se aclara que en este trámite aplicará lo anterior si
la persona que entrega los documentos es la que legalmente se encuentre
facultada, para lo cual la administración realizará las verificaciones
pertinentes.
Caso contrario, si no es la persona legalmente
facultada, deberá aportar los documentos antes citados.
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